El
Instituto Nacional de Normalización, INN, es el organismo que tiene a su cargo
el estudio y preparación de las normas técnicas a nivel nacional. Es miembro de
la INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION (ISO) y de la COMISION PANAMERICANA
DE NORMAS TECNICAS (COPANT), representando a Chile ante esos organismos.
La
norma NCh998 ha sido preparada por la División de Normas del Instituto Nacional
de Normalización.
Esta
norma se estudió para actualizar las especificaciones generales de seguridad de
los andamios.
En
el estudio de esta norma se ha tenido a la vista la norma española UNE
76-502-90 Andamios de servicio y de trabajo con elementos prefabricados, de la
cual se han adoptado algunos requisitos a fin de compatibilizarla con una
futura norma chilena sobre andamios prefabricados.
Esta
norma, anula y reemplaza a la norma NCh998.Of78 Andamios – Requisitos generales
de seguridad.
Esta
norma ha sido aprobada por el Consejo del Instituto Nacional de Normalización,
en sesión efectuada el 26 de Noviembre de 1998.
Esta norma ha sido declarada norma chilena Oficial
de la República por Decreto N°64, de fecha 13 de abril de 1999, del Ministerio
de Vivienda y Urbanismo, publicado en el
Diario Oficial N° 36.363, del 14 de mayo de 1999.
1.- Alcance
Esta
norma establece los requisitos generales de seguridad que deben cumplir los andamios.
2.- Campo de aplicación
Esta
norma se aplica a los andamios definidos y clasificados según NCh997.
(NCh 997 : Andamios - Terminología y
clasificación)
Clasificación según NCh997
Los andamios se
clasifican:
A) Según el material predominante en su estructura en:
·
andamio de madera;
·
andamio de metal; y
·
andamio mixto.
B) Según su forma de apoyo en: (ver figura).
I Andamio de apoyo simple
Aquel que se encuentra
completamente apoyado en el terreno mediante pies derechos (ejemplo: andamio de
doble pie derecho, andamio de caballete, torre autosoportante).
Se subclasifica en:
·
andamio de apoyo simple fijo;
·
andamio de apoyo simple móvil.
II
Andamio anclado
Aquel que se encuentra
apoyado simultáneamente en el terreno mediante pies derechos y en el edificio
mediante anclajes.
III Andamio
en volado
Aquel que se encuentra
completamente apoyado en el edificio mediante elementos en voladizo.
IV
Andamio colgante
Que se encuentra
suspendido del edificio mediante cables (o cuerdas) y pescantes.
Se subclasifica en:
·
andamio colgante fijo;
·
andamio colgante móvil.
V Andamio de plataforma
autoelevadora
Se subclasifica en:
·
andamio de plataforma autoelevadora
con base fija;
·
andamio de plataforma autoelevadora
con base móvil.
ANDAMIOS
SEGÚN SU FORMA DE APOYO
C) Según el uso, en:
a) andamio de fachada;
b) andamio estructural (cimbras, sustentación
de sistemas constructivos);
c) andamio para circulaciones (escaleras,
rampas, puentes peatonales);
d)
andamio para actos públicos (escenarios,
galerías, torres autosoportantes para iluminación, sonido y publicidad,
telecomunicaciones);
e) andamio de interior
(andamio pequeño para terminaciones, limpieza, mantención).
D) Según el sistema, en:
a) andamio de doble pie derecho;
b) andamio metálico tubular;
- con unión tipo grapa
- con unión tipo anillo ( all round )
c) andamio metálico modular (prefabricado);
d) andamio colgante;
e) andamio de plataforma autoelevadora.
3.- Cálculo
3.1 Todos los andamios deben proyectarse
según cálculo estructural de acuerdo con NCh1198
en el caso de andamios de madera, y NCh427
en el caso de andamios de acero. Solo se
exceptúan los andamios de madera de doble pie derecho, los cuales deben cumplir
con las especificaciones de NCh999, y los andamios
livianos de caballete de altura menor a 1,80 m.
(NCh1198: Madera - Construcciones de madera - Cálculo.)
(NCh427: Especificaciones para el
cálculo de estructuras de acero para edificios.)
(NCh999: Andamios de madera de doble pie
derecho - Requisitos.)
3.2 Cuando los andamios se estructuren de
conjunto con otros elementos como moldajes, cierros, dispositivos protectores
contra el desmoronamiento de taludes, sombras, cortavientos, etc. deben cumplir
al mismo tiempo con la presente norma y con las normas correspondientes a
dichos elementos.
3.3 En el cálculo de andamios se debe
considerar el lugar de montaje: al interior o al exterior, a fin de incorporar
las acciones derivadas de fenómenos climáticos (viento, lluvia, nieve).
3.4 Cada tipo de andamio tiene una forma
de apoyo distinta, por lo que requiere de un análisis estructural específico.
3.5 En el caso de plataformas
autosoportantes, la altura no debe exceder de 4 veces el lado menor de la base,
en montajes interiores; no debe exceder de 3 veces el lado menor, en montajes
al exterior.
3.6 En los andamios prefabricados el
fabricante debe indicar claramente, para cada modelo de andamio, su
clasificación de acuerdo con la sobrecarga según NCh997, las cargas eventuales
admisibles y la máxima altura total permitida de acuerdo con el cálculo
estructural correspondiente.
(NCh 997: Andamios - Terminología y
clasificación.)
Tabla
1 – Cargas de cálculo para las plataformas de trabajo según NCh 997
1
|
2
|
3
|
4
|
5
|
6
|
Clase
|
Carga
uniformemente
repartida
kN/m2
|
Carga
concentrada en
una superficie de
500mm x 500mm
kN
|
Carga
concentrada en
una superficie de
200mm x 200mm
kN
|
Carga sobre una
kN/m2
|
superficie
parcial
Superficie
parcial
Ac
m2
|
1
|
0,75
|
1,50
|
1,00
|
No
aplicable
|
|
2
|
1,50
|
1,50
|
1,00
|
No
aplicable
|
|
3
|
2,00
|
1,50
|
1,00
|
No
aplicable
|
|
4
|
3,00
|
3,00
|
1,00
|
5,00
|
0,4xA
|
5
|
4,50
|
3,00
|
1,00
|
7,50
|
0,4xA
|
6
|
6,00
|
3,00
|
1,00
|
10,00
|
0,5xA
|
NOTAS
A
es la superficie total de la plataforma
Según
NCh22, 1 kgf = 9,806 65 N. Para los
efectos de esta norma se considera:
1
kgf = 1 kilogramo fuerza ≈ 10 N
1
kN ≈ 100 kgf
4.- Ejecución
4.1
Materiales
4.1.1 Las piezas y elementos que se empleen
en la ejecución de andamios deben ser de madera estructural que cumpla con NCh175 o acero estructural que cumpla
con NCh203.
(NCh 175: Clasificación de maderas
aserradas según su aspecto)
(NCh 203: Acero para uso estructural -
Requisitos.)
Todas
las piezas y elementos de acero deben tener protección contra la corrosión (mediante
barnices o pinturas antióxido, galvanizado, etc.). Las piezas de madera si las características
o condiciones de uso del andamio lo requieren, deben tener protección antipútrica
y/o ignífuga (mediante preservadores, barnices o pinturas especiales, etc.)
4.1.2 Las cuerdas y cables pueden usarse
para cargas no mayores que la sexta parte de sus cargas de rotura por tracción,
según certificados de ensayo realizados por un laboratorio oficial.
4.1.3 Las piezas y elementos se deben
elegir de acuerdo con el tipo y sección necesarios según el cálculo estructural
correspondiente.
4.1.4 Solamente en el caso de andamios de
madera de doble pie derecho puede obviarse el cálculo, empleando las piezas y
elementos especificados en NCh999.
(NCh 999: Andamios de madera de doble
pie derecho - Requisitos.)
4.1.5 En la ejecución de plataformas de
trabajo no se deben emplear tablones de pino insigne.
4.2
Armado y desarmado
4.2.1 Los andamios de varios niveles se
deben armar y desarmar por etapas, y cada etapa se debe efectuar cuando esté
completamente terminada la o las etapas anteriores.
4.2.2 Los operarios que trabajen en el
armado y desarmado de andamios deben emplear cinturones de seguridad que
cumplan con NCh1258, afianzados
independientemente del andamio.
(NCh 1258/1: Cinturones de seguridad
para trabajos en altura - Parte 1: Requisitos.)
(NCh 1258/2: Cinturones de seguridad
para trabajos en altura - Parte 2: Ensayos.)
4.2.3 El armado y desarmado de andamios es
un trabajo con riesgo de alto potencial y por lo tanto quienes efectúan esta
labor deben ser personas técnicamente capacitadas, y aptas física y
síquicamente.
4.2.4 Mientras se esté ejecutando el armado
o desarmado de un andamio o de alguna de sus etapas se debe señalizar
claramente la prohibición de uso del andamio y de circulación en las zonas
adyacentes a la base del mismo. Sólo se exceptúan de esta prohibición los operarios que estén
trabajando en el armado y desarmado del andamio.
4.3
Elementos constituyentes
4.3.1 Las fijaciones (apoyos, anclajes,
pescantes, según corresponda) deben ser firmes y capaces de transmitir las
cargas de trabajo al terreno y/o al edificio, según corresponda, sin
asentamientos ni desplazamientos.
4.3.2 En los andamios de apoyo simple y en
los andamios anclados, los pies derechos deben estar nivelados alineados,
aplomados, arriostrados y amarrados segura y firmemente para impedir
inclinaciones y desplazamientos.
4.3.3 En los andamios colgantes los
elementos de suspensión deben mantenerse aplomados mediante el afianzamiento de
los cables y/o plataforma al edificio, para impedir oscilaciones. Los
mecanismos de elevación en andamios colgantes móviles deben contar con
dispositivos de freno automático.
4.3.4 Las plataformas de trabajo deben
tener un ancho mínimo de 70 cm y deben cubrir por lo menos el 90% de la luz de
los travesaños. En andamios en volado y colgantes el ancho mínimo de las
plataformas podrá reducirse a 60 cm. Las superficies de las plataformas de
trabajo deben ser antideslizantes.
4.3.5 Todos los tablones y plataformas de
trabajo deben traslaparse longitudinalmente sobre los travesaños en 0,20 m o
más, o bien deben apoyarse, nivelarse y fijarse de modo de evitar
desplazamientos.
4.3.6 Los tablones y plataformas de trabajo
deben extenderse entre 0,10 m y 0,30 m por sobre los soportes extremos. En
ningún caso se debe emplear esta extensión para la formación de volados.
4.3.7 En todas las plataformas de trabajo
ubicadas a una altura igual o mayor que 1,80 m deben colocarse barandas
protectoras y rodapiés adosados a todos los costados expuestos.
·
4.3.7.1 Las barandas protectoras deben
constar de dos piezas, una superior colocada a una altura de 100 cm ± 5
cm sobre la plataforma de trabajo, y una intermedia colocada a la mitad de la
altura de la pieza superior.
NOTA - Las piezas que conforman la
baranda se deben afianzar al paramento interior de los pies derechos. Los empalmes longitudinales de
estas piezas deben efectuarse sobre los pies derechos a menos que se contemplen
empalmes especiales expresamente indicados en los planos y especificaciones
particulares de un andamio.
·
4.3.7.2
Los rodapiés deben
ser de una
pieza de sección
igual o mayor
que 25 mm x 125 mm apoyada de
canto sobre la plataforma de trabajo.
4.3.8 Deben disponerse elementos que
permitan en todo momento el acceso fácil y seguro a todos los niveles de un
andamio y su evacuación (por ejemplo: escalas, escaleras provisionales, rampas,
pasarelas, puentes, etc.). Sólo se permite el acceso desde el interior del
edificio cuando se dejen puntos específicos para este efecto que cuenten con
los elementos anteriormente señalados.
·
4.3.8.1 Las escalas deben cumplir con NCh351. Las escalas y escaleras
provisionales deben llevar barandas en ambos costados y sus tramos deben terminar a lo menos, en cada
nivel del andamio, sobre una plataforma o sobre un descanso. Todos los huecos y
descansos deben llevar barandas protectoras y rodapiés en sus costados
expuestos.
(NCh 351: Construcción - Escalas - Parte 1: Definición,
clasificación y requisitos dimensionales)
·
4.3.8.2 Las rampas, pasarelas y puentes deben
estar conformados a lo menos por cuatro tablones de 50 mm x 250 mm con traba
central, estar perfectamente anclados en sus extremos y deben llevar barandas
protectoras y rodapiés en sus costados expuestos.
4.4
Elementos accesorios
4.4.1 Cuando existan circulaciones o zonas
de trabajo permanentes bajo un andamio deben colocarse protecciones a fin de
evitar la caída de herramientas o materiales (como mallas de alambre que cubran
todos los costados expuestos y/o pantallas protectoras).
4.4.2 En los andamios que deban construirse
sobre la vía pública, todos los elementos, con excepción de pies derechos y
diagonales en los planos longitudinales, deben dejar una altura libre igual o
mayor que 2,50 m sobre el nivel de la acera. Bajo la plataforma de trabajo
inmediatamente superior a la acera se debe colocar una pantalla protectora debidamente
afianzada, conformada por un entablado perfectamente ajustado (machihembrado)
que impida la caída de materiales o herramientas. Esta protección se debe
prolongar en forma de techo inclinado en 45 ° hacia arriba. Su cara superior se
debe reforzar con tablones resistentes de sección igual o mayor que 50 mm x 250
mm. La prolongación del entablado se debe proyectar sobre la acera en un ancho
igual o mayor que 1 m.
4.4.3 Cuando existan accesos al edificio
que pasen bajo el andamio, se deben colocar pantallas protectoras que cubran
totalmente estos accesos y se prolonguen hacia afuera del andamio en una
longitud igual o mayor que 1 m.
4.4.4 Cuando exista la posibilidad de
proyección de líquidos o partículas (agua, pintura, cemento, áridos, etc.)
deben colocarse cortinas (por ejemplo: arpilleras o películas plásticas).
4.4.5 El primer piso de los andamios
próximos a zonas de circulación se debe señalizar y proteger a fin de prevenir
choques causados por vehículos o máquinas en movimiento.
4.4.6 Las instalaciones eléctricas
provisionales para proveer energía a equipos en uso y/o para iluminación en
caso de trabajos nocturnos que se requieran en un andamio, deben cumplir
rigurosamente con NCh350. Se debe evitar efectuar estas instalaciones en el
andamio mientras puedan hacerse a través del edificio (por ejemplo: colocando
en el edificio enchufes o tableros accesibles desde el andamio para conectar
equipos, y fijando en el edificio los sistemas de iluminación del andamio).
Cuando existan otras instalaciones eléctricas próximas al andamio se deben
tomar precauciones para aislar y proteger al personal (por ejemplo: mediante
pantallas protectoras, corte de energía, traslado de la instalación, etc.).
(NCh 350: Construcción - Seguridad -
Instalaciones eléctricas provisionales – Requisitos)
5.-
Inspección
5.1 Todo andamio o cada una de sus
etapas, según corresponda, debe inspeccionarse a fin de verificar el
cumplimiento de la presente norma y de sus especificaciones particulares antes
de autorizar su uso.
5.2 La empresa debe designar al profesional
responsable de esta inspección, quien debe dejar constancia de ella en el libro
de obra o por escrito ante la Autoridad Competente.
5.3 Además, se deben efectuar
inspecciones programadas en forma periódica por personal especializado
designado por el profesional responsable.
5.4 También deben efectuarse inspecciones
especiales en cualquiera de los casos siguientes:
·
después
de un período de lluvias, nevazones o heladas;
·
después
de un movimiento sísmico;
·
después
de una interrupción prolongada de los trabajos; y
·
ante
cualquier circunstancia que pudiera comprometer la seguridad de la estructura.
6.-
Uso
6.1 Un andamio o cada una de sus etapas
se deben poner en uso sólo cuando dicho andamio o etapa, según corresponda, se
encuentre completamente armado y recibido conforme por el profesional
responsable que designe la empresa, (ver anexo A).
6.2 En el uso de un andamio deben
respetarse los reglamentos de seguridad de la empresa, fundamentalmente en lo
que respecta a:
·
obligación
de emplear elementos de protección personal correspondientes al trabajo que se
realice, tales como cascos de seguridad, calzado de seguridad, guantes, anteojos,
cinturones de seguridad, etc.;
·
prohibición
de cometer acciones inseguras tales como trabajar a velocidad insegura, retirar
o modificar elementos constituyentes del andamio, correr, saltar, ocuparse en juegos,
bromas o distracciones, asumir posiciones o posturas de riesgo, dejar caer o
botar materiales o herramientas hacia niveles inferiores, etc.
6.3 Los operarios que trabajan en
andamios colgantes y andamios en volado de un solo nivel deben emplear
cinturones de seguridad que cumplan con NCh1258
afianzados a cuerda de vida fijada independientemente del andamio.
(NCh 1258/1: Cinturones de seguridad
para trabajos en altura - Parte 1: Requisitos.)
(NCh 1258/2: Cinturones de seguridad
para trabajos en altura - Parte 2: Ensayos.)
6.4 No se debe permitir trabajar o
circular en andamios durante tempestades o vientos fuertes.
6.5 No se debe permitir trabajar o
circular en andamios cubiertos con nieve o escarcha. Deben despejarse
completamente las plataformas y barandas, y echar arena sobre las primeras
antes de autorizar su uso.
6.6 No se debe permitir la acumulación de
materiales, herramientas o desechos en los andamios. Al efecto debe efectuarse
una limpieza total al final de cada día de trabajo.
Sólo
se permiten acopios menores de materiales y el empleo de herramientas y equipos
en la medida que no se sobrepasen las sobrecargas consideradas en el cálculo.
6.7 Se deben tomar precauciones
especiales para proteger los componentes de un andamio, en particular cuerdas y
cables durante faenas que empleen procedimientos que generen calor o requieran
el uso de agentes corrosivos (amoníaco, ácido, etc.).
7.-
Almacenamiento
7.1 Piezas
de madera
Se
deben encastillar limpias y completamente libres de clavos y cualquier elemento
punzante o cortante que pueda ocasionar accidentes. La madera encastillada se
debe cubrir a fin de protegerla de los agentes climáticos (con planchas de
cubierta, lona, películas plásticas, etc.).
7.2 Tubos
y perfiles de metal
Se
deben almacenar en recintos techados y cerrados, evitando deformaciones y protegiéndolos
de la humedad y agentes corrosivos.
7.3 Cables
y cuerdas
Se
deben almacenar en recintos techados y cerrados, apilados sobre estanterías o suspendidos,
protegiéndolos de la humedad y agentes
corrosivos.
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