Definición
Ascensor: es un vehículo de uso en edificios de
altura para transportar verticalmente a persona en edificios habitacionales,
comerciales e industriales en altura.
Montacargas: es un vehículo rudo e industrial, el
cual se utiliza para transportar tarimas con mercancías. Aguanta cargas más
pesadas que los ascensores, y por lo general no requieren de una terminación
más detallada.
Los
ascensores son técnicamente vehículos de
metal o de acero que están elaborados
por una plataforma que desliza por una guía lateral rígida o bien por
dos guías rígidas paralelas, ambas unidas a la estructura.
Un
ascensor es un equipo electromecánico o electrohidráulico, siendo sus partes
principales: Cabina, contrapeso, conjunto máquina-motor y sistema de control,
entre otros.
Según
el sistema motriz existen dos tipos de ascensores: hidráulicos y eléctricos.
ASCENSORES HIDRÁULICOS
Los
ascensores hidráulicos también llamados oleodinámicos, pioneros del transporte
vertical en los edificios de viviendas y oficinas, fueron desplazados en estos
últimos años, casi por completo por los ascensores eléctricos. Pero como en la
técnica no hay nada definitivamente caduco, los ascensores hidráulicos
perfeccionados y modernizados, vuelven a ser utilizados para montacargas,
montacoches y para edificios de 5 ó 6 pisos (15 a 18 m), sobre todo cuando se
presentan problemas para instalar los cuartos de máquinas.
Son
aquellos en que la cabina se mueve gracias a un pistón (barra redonda de acero)
que se extiende mediante aceite introducido a presión por una bomba. Suele ser
más lento y consume más energía que el ascensor eléctrico por la presión
ejercida para introducir aceite en el pistón.
ASCENSORES ELÉCTRICOS
Los
ascensores eléctricos constan de una cabina que se desliza por rieles. Colgada
de una polea superior que está engranada con la máquina y que a través de unos
cables, se equilibra a través de un contrapeso, el que tiene una masa
equivalente al peso de la cabina vacía más el 50% de la carga máxima a
transportar. Se mueve con un motor eléctrico que impulsa la polea para mover la
cabina.
Los
grupos tractores de los ascensores eléctricos están normalmente formados por un
grupo motor, acoplado a un reductor de velocidad, en cuyo eje de salida va
montada la polea acanalada que arrastra los cables por adherencia, o bien un
tambor en el que se arrollan los cables, aunque este último sistema ya
prácticamente no se utiliza.
Los
motores eléctricos más utilizados son de corriente alterna, de una o dos
velocidades y con variador de frecuencia, y también los motores de corriente
continua con convertidor continua-alterna.
La
instalación se compone de un circuito de tracción, compuesto por: motor, freno,
reductor y polea de tracción y, en algunos casos, el cable de compensación y,
finalmente, un circuito de limitador de velocidad compuesto por el propio
limitador, el cable de paracaídas y el mecanismo propiamente dicho de
paracaídas que hace detener la cabina en caso de exceso de velocidad. También
se incorpora la instalación fija formada por guías y amortiguadores, cuartos de
máquinas y poleas y puertas de acceso.
Instalación y mantención
de ascensores.
La
instalación de ascensores se define como el montaje y habilitación de un
sistema de transporte vertical para personas y carga. La labor consiste en
ensamblar correctamente numerosos elementos, en un espacio denominado shaft o
escotilla, para la circulación libre de un carro conocido como cabina.
Para
recomendar el ascensor más apropiado, las empresas proveedoras deben conocer
las características del edificio, su uso y la cantidad de personas que
habitarán y circularán allí. El montaje
tradicional de ascensores eléctricos –los
más utilizados actualmente– consta de al menos 13 etapas
básicas que se realizan secuencialmente.
1. Chequeo de escotilla y obras civiles:
Verificar que los muros
estén aplomados, comprobando que
el shaft mantiene el plomo en todo su recorrido, chequear las medidas de
la escotilla, chequear
la altura del pozo y del sobrerecorrido, y realizar
observaciones, si corresponde. Además,
se verificará el lugar de acceso para los equipos, la ejecución del cierre
provisorio de frentes de piso, la instalación de barandas y zócalos de
seguridad, y la
existencia de energía
eléctrica apropiada en la obra para dar inicio a los trabajos de
instalación.
2.
Traslado de ascensores al lugar de
instalación:
Se
recomienda que los equipos lleguen a la obra el mismo día que comenzará la
instalación. La descarga se realiza con
apoyo de grúas horquilla o camión pluma. El espacio de almacenamiento será
seguro, sin humedad y cercano al lugar de instalación.
3.
Instalación de elementos de izaje:
En
esta etapa se procede a la instalación de tecles (equipos de izaje) eléctricos
y de una cadena en la
escotilla, para poder
realizar el izamiento de la
máquina, los rieles y las vigas. Idealmente las faenas deben comenzar cuando la
obra gruesa del edificio se encuentre terminada, es decir con el shaft y el
espacio para la sala de máquinas finalizados y con la energía provisoria para
mover los ascensores a una velocidad de trabajo.
4. Instalación de máquinas y controles:
Las
máquinas permiten el movimiento vertical a través de cables de acero. Se montan
sobre gomas para absorber las vibraciones. Los controles son el cerebro que
comandan los ascensores y se instalan junto a la máquina. En la sala de máquinas se chequea la
instalación de escalas, barandas de seguridad, ganchos de izaje y reguladores
de seguridad. Las salas de máquina se ubican sobre losas, inmediatamente sobre
el shaft, en la parte superior del edificio.
Alternativamente, se ubican en el
sótano de la edificación. Actualmente,
también se emplean ascensores sin sala
de máquinas, en
los que éstas
se encuentran al interior, en la
parte superior de la escotilla.
5. Plataforma para
instalación de rieles:
En
los últimos años aumentó la cantidad de paradas (pisos) y el recorrido de los
ascensores, modificándose el método de montaje. Antiguamente se instalaban
exclusivamente con andamios en las escotillas, sin embargo esta alternativa
está limitada en
su altura. Actualmente, para
ascender por el shaft instalando los rieles, se recurre a plataformas de
trabajo de metal o madera.
En
el último piso inferior, se instala el primer nivel de rieles. Con la máquina
de tracción posicionada, se procede al armado de la suspensión y de la
plataforma de la cabina con sus correspondientes barandas de seguridad. Al interior de la escotilla se introduce un
contrapeso y se instalan cables de acero como guía de éste durante la etapa de
instalación de rieles. Posteriormente, se cablea la plataforma y el regulador
de velocidad. Además, se realizan los
trabajos eléctricos en la sala de
máquinas para mover la
plataforma con máquinas de
tracción.
6. Instalación de
rieles:
Con la
plataforma de trabajo en condiciones de seguridad óptimas,
se procede a la instalación de rieles tanto de la cabina como del
contrapeso. Los rieles, tal como ocurre
en el caso de los trenes, son los elementos que sirven de guía para que el
ascensor y el contrapeso se desplacen sin sobresaltos.
La
instalación de rieles es una de las labores más importantes ya que por las
características de ellos (forma y peso), la instalación representa varios
riesgos. Cada nivel de rieles es izado con tecle eléctrico o de cadena hasta su
punto de empalme, donde se procede a la instalación. Es importante que los soportes de rieles sean
instalados y nivelados a la altura exigida de acuerdo a los planos de
instalación. Una vez terminado el último nivel de rieles, se procede al
reaplome, y se retiran los cables de acero utilizados para guiar el contrapeso.
7. Instalación de
puertas:
Están compuestas por una pisadera, un marco
denominado chambrana (que se fabrican a medida), dos puertas y un cabezal u
operador. Existen principalmente dos tipos de apertura: la lateral (izquierda o
derecha) y la central. Para la instalación, el proveedor solicita a la
constructora que estén los niveles de piso terminado. Se realiza la instalación de consolas o
soportes para los marcos de las puertas y luego se instalan los marcos de
planta dejando pendiente el del último piso inferior para el posterior armado
de cabinas.
8. Armado de cabina:
Un
vez que se llega al último piso superior con la instalación de los marcos de
puertas, se realiza el armado de la
cabina en el
último piso inferior, para finalizar la instalación del
último marco de puerta. Posteriormente se retiran los elementos de izaje
utilizados durante la instalación (tecles).
Esta
fase corresponde al ordenamiento y conexión correcta de los cables eléctricos
que traen los equipos. Con esta labor se asegura que todos los elementos
funcionen y sean controlados adecuadamente.
En esta etapa se realizan los trabajos de canalizaciones y alambrado
eléctrico en la escotilla y la sala de máquinas, además se realiza el alambrado
eléctrico y las conexiones en la cabina del ascensor.
10. Terminaciones:
Con
las cabinas armadas y finalizados los trabajos de instalación eléctrica, se
procede a la colocación de los diferentes
componentes como pasamanos de cabina, zócalos, cielo luminoso
y revestimientos interiores. Para terminar se pinta el interior de la cabina y
se ponen espejos.
11. Ajuste y puesta en marcha:
Se procede a la puesta en marcha de los
ascensores. En terreno se realizan las
diferentes calibraciones para un
funcionamiento seguro. Esta etapa
consta de:
• Limpieza de la escotilla.
• Ajuste de freno y control.
• Ajuste de nivelación.
• Ajuste de seguridades de la sala de máquinas,
escotilla y cabina.
• Ajuste de puertas de piso.
•
Programación de botoneras e indicaciones de piso.
•
Programación de señales de escotilla y puesta en marcha en alta velocidad.
•
Prueba de funcionamiento y toma de datos para dejar los registros.
12. Inspección y control de calidad:
Este paso es fundamental. Un equipo de
ingenieros y técnicos, verifican que los estándares de calidad y seguridad que
exige el fabricante y las normativas, sean cumplidos a cabalidad.
13. Entrega:
Una
vez concluidos los trabajos de puesta en marcha, se procede a realizar la
limpieza general de
los ascensores. Posteriormente,
se entrega al cliente los ascensores funcionando.
El
tiempo que demora el montaje varía de un proyecto a otro. En general, un ascensor de 12 pisos se puede
instalar en 7 meses.
Mantenciones
Las
empresas proveedoras de ascensores sugieren realizar mantenciones periódicas,
una vez al mes, para limpiar, lubricar y reemplazar, si es necesario, repuestos
o piezas dañadas o deterioradas por el uso. Estas compañías
cuentan con personal propio y/o subcontratado para realizar la
instalación y las mantenciones. Una buena mantención, aseguran las empresas,
sigue una pauta con trabajos periódicos, variando cada mes y considerando los
siguientes aspectos:
• Limpieza de los cabezales y pisaderas de las
puertas de piso ajustando sus componentes.
• Limpieza y ajuste del operador de puertas.
• Lavado y lubricación de los rieles de la
cabina y el contrapeso.
• Verificación del estado de los cables de
acero de tracción y limitador de velocidad.
• Verificación del desgaste de balatas. Limpieza y ajuste de frenos.
• Limpieza de foso, sala de máquina, cielo y
techo de cabina.
• Revisión y limpieza de los componentes en el
cuadro de maniobra, revisión de la instalación eléctrica en general.
Es
fundamental que se contemple, una vez al año, una revisión completa del sistema
de paracaídas, un elemento de seguridad mecánico que funciona de forma similar
al de un cinturón de seguridad inercial. En caso de rotura de cables, por
ejemplo, unas cuñas metálicas se aprietan
de manera uniforme
al riel, provocando que la cabina frene y evitando la caída libre. El
limitador de velocidad es el elemento encargado de accionar el paracaídas
mediante un cable. La comprobación de
que este mecanismo opere normalmente es parte de los puntos chequeados por las
auditorías técnicas.
.
Ley Nº 20.296 sobre
Instalación, Mantención y Certificación de Ascensores
Esta
Ley publicada el día 23 de octubre en el Diario Oficial modifica la Ley General
de Urbanismo y Construcciones y la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
La
Ley Nº 20.296 agrega disposiciones para instalación, mantención e inspección
periódica de ascensores.
1.1 Modificaciones a la
Ley General de General de Urbanismo y Construcciones
Se
agrega el artículo 159 bis que establece lo siguiente:
Los
ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas, y las
escaleras o rampas mecánicas, que se emplacen en propiedades privadas o
públicas, deberán ser instalados y mantenidos conforme a las indicaciones de
sus fabricantes y a las disposiciones que al efecto determine la Ordenanza
General de Urbanismo y Construcciones.
Serán
responsables de la mantención, los propietarios, quienes deberán celebrar los
correspondientes contratos de mantención.
La
instalación y mantención de los ascensores, tanto verticales como inclinados o
funiculares, montacargas, escaleras y rampas mecánicas, deberá ser ejecutada
por instaladores y mantenedores que cuenten con una inscripción vigente en un
registro que al efecto llevará el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. El
Ministerio podrá encomendar dicho registro a la entidad denominada “Instituto
de la Construcción”, cuya personalidad jurídica fuera concedida por decreto
supremo N ° 1115, de 1996, del Ministerio de Justicia o a otras entidades
públicas o privadas, habilitadas para dicho efecto.
Asimismo,
los propietarios deberán acreditar,
mediante un certificado emitido por una entidad de certificación inscrita en la
categoría correspondiente del registro a que se refiere el inciso anterior, que
los ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas,
escaleras y rampas mecánicas han sido adecuadamente mantenidas y se encuentran
en condiciones de seguir funcionando. Los plazos y condiciones de la
certificación y el contenido del certificado, serán establecidos en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en función de la capacidad de
transporte de la instalación y el destino de las edificaciones.
En
la instalación, mantención y certificación, deberá darse cumplimiento a las
normas técnicas chilenas vigentes sobre esta materia. Dichas normas deberán ser
actualizadas permanentemente.
Las
certificaciones a que se refiere el inciso precedente deberán ser colocadas en
un lugar visible del ascensor tanto vertical como inclinado o funicular, e
ingresadas y registradas, en la oportunidad que establezca la ordenanza
General, a la Dirección de Obras Municipales respectiva. El no ingreso oportuno
deberá ser puesto en conocimiento del Juzgado de Policía Local, por la
Dirección de Obras Municipales.
En
caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente artículo se
aplicará lo previsto en los artículos 20 y 21 de la presente ley.
1.2 Modificación Ley Nº19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria
La
Ley de Copropiedad Inmobiliaria se modifica en varios artículos, donde se
agregan las responsabilidades de los propietarios y de la administración
relacionadas con la mantención y certificación de ascensores, montacargas,
escaleras mecánicas y rampas.
En
lo principal La Ley establece que la administración deberá considerar la
formación de un fondo común de reserva para atender a reparaciones y la certificación periódica de ascensores
tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o
rampas mecánicas y sus instalaciones.
También
establece que “las alteraciones o transformaciones que afecten a las
instalaciones de ascensores tanto verticales como inclinados o funiculares,
montacargas y escaleras o rampas mecánicas sean en bienes de dominio común o en
las unidades de los condominios, deberán ser ejecutadas por empresas o personas que cuenten con una inscripción
vigente en el registro de instaladores, mantenedores y certificadores del
Ministerio de Vivienda y Urbanismo y contar con el acuerdo de la asamblea de
copropietarios y el permiso de la Dirección de Obras Municipales, cuando corresponda.”
La
ley establece que los administradores deben efectuar los actos necesarios para
el mantenimiento de ascensores tanto verticales como inclinados o funiculares,
montacargas y escaleras o rampas mecánicas y sus instalaciones.
1.3 Registro nacional de
personas naturales o jurídicas que presten servicios de instalación, mantención
y certificación de ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares,
montacargas, y escaleras o rampas mecánicas
La
Ley crea un registro nacional de instaladores, mantenedores y certificadores de
ascensores, escaleras mecánicas y rampas, además define las infracciones y
sanciones por el incumplimiento de la normativa.
La
Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en los artículos 4.1.7
relacionado con la accesibilidad y desplazamiento de personas discapacitadas
establecen requerimientos para los ascensores y 4.1.11 relacionados con la
dotación.
Artículo 4.1.7
En
el artículo 4.1.7 puntos 9 al 13 se establecen exigencias para los ascensores
relacionadas con minusválidos.
9.
Cuando se requieran ascensores, conforme al
artículo 4.1.11 de este mismo Capítulo, uno de ellos deberá contar con
las medidas mínimas de cabina establecidas en el número 2 de ese mismo
artículo.
10.
En cada detención, la separación entre el piso de la cabina del ascensor y el
respectivo piso de la edificación no podrá ser superior a lo que establece la
NCh Nº440/1 o NCh Nº440/2, según corresponda, y su diferencia de nivel máxima
será de un centímetro
11.
El área que enfrente a un ascensor deberá tener un largo y ancho mínimo de 1,40
m y el ancho frente a la puerta del ascensor no podrá ser menor que la
profundidad de la cabina.
12.
Los botones de comando del ascensor para personas con discapacidad deberán
estar ubicados a una altura que fluctúe entre 1 m y 1,40 m como máximo. La
numeración y las anotaciones requeridas deberán ser sobrerrelieve. El tiempo de
detención deberá ser suficiente para permitir el paso a una persona con
discapacidad en silla de ruedas o a un no vidente.
13.
Tanto los ascensores como los servicios higiénicos públicos para uso de las
personas con discapacidad deberán señalizarse con el símbolo internacional
correspondiente.
La
Ordenanza en el artículo 4.1.11 establece los requerimientos mínimos de
ascensores para los edificios, en relación a su dotación, dimensiones de cabina
y estudio de tráfico.
Artículo 4.1.11
Los
requerimientos mínimos de ascensores para los edificios serán los siguientes:
1. Dotación:
a) Los edificios de 6 o más pisos de altura
deberán contemplar al menos dos ascensores con parada y acceso para todos los
usuarios en todos los pisos con acceso a unidades que contemplen recintos
habitables, uno de los cuales deberá cumplir con las dimensiones de cabina
establecidas en el número 2 de este artículo.
En
los edificios con dos o más subterráneos el ascensor de mayor capacidad deberá
atender a cada uno de ellos.
Tratándose
de ampliaciones de un piso adicional se admitirá que dicho piso no contemple
acceso a ascensores.
b)
Se exceptúan de lo indicado en la letra a) precedente los edificios de vivienda
de hasta 8 pisos, cuya carga de ocupación sobre el segundo piso sea inferior a
100 personas o cuya superficie útil a servir por los ascensores, en cada piso,
sea inferior a 250 m2, los que podrán consultar sólo un ascensor, el cual
deberá cumplir con las dimensiones horizontales de cabina establecidas en el
número 2 de este artículo.
c)
Los edificios de 4 o más pisos destinados a hospedaje que contemplen más de 50
habitaciones deberán consultar tres ascensores, uno de los cuales podrá ser de
servicio.
d)
Los edificios de 3 o más pisos destinados a asistencia hospitalaria deberán
contemplar al menos dos ascensores monta camillas, aceptándose rampas para
salvar desniveles de sólo un piso.
e)
Los cambios de destino de edificios o parte de ellos que requieran uno o más
ascensores deberán acompañar un informe, suscrito por profesional competente,
que acredite que la capacidad de la instalación es compatible con el nuevo
uso.Cuando el acceso del edificio se encuentre en un piso intermedio, que no
diste más de 4 pisos hacia arriba o hacia abajo del acceso a alguna unidad que
consulte recintos habitables, no se requerirán ascensores, siempre que los
estacionamientos se encuentren a una distancia no mayor que la citada. Tampoco
requerirán ascensores los edificios de 6 pisos cuyos pisos superiores sean duplex.
Los
edificios de 5 o más pisos cuyos ascensores sirvan una superficie útil sobre el
primer piso superior a 5.000 m2, requerirán presentar un Estudio de Ascensores
que determinará la cantidad y características de los ascensores necesarios
sobre la dotación mínima indicada en este artículo 1.
De
los ascensores requeridos, al menos uno deberá tener las siguientes medidas
mínimas de cabina:
•
Profundidad: 1,40 m libre interior
•
Ancho: 1,10 m libre interior
•
Puerta (ancho libre): 0,80 m en edificios de vivienda de hasta 14 pisos 0,90 m
en los demás casos.
En
edificios de 15 o más pisos la cabina señalada tendrá una altura libre de al
menos 2,30 m, salvo que su profundidad sea no menor a 2,10 m.
3. Estudio de Ascensores
Deberá
considerar al menos lo siguiente:
a)
Destino del edificio.
b)
Número de pisos, altura de piso a piso y altura total.
c)
Ubicación de la parada del acceso principal.
d)
Superficie útil de cada piso.
e)
Número de usuarios por piso, conforme al estándar del fabricante.
En
base a tales antecedentes, cuando se trate de edificios de oficinas, el estudio
deberá contemplar las siguientes condiciones:
a)
El intervalo de tiempo medio de partida en el piso de acceso no podrá ser
superior a 45 segundos.
b)
El tiempo máximo de evacuación correspondiente a la capacidad de transporte de
la instalación no podrá ser superior a 45 minutos.
c)
La capacidad de transporte de la instalación, medida según el porcentaje del
total de usuarios que pueda transportar en un período de 5 minutos, no podrá
ser inferior al 12%, sobre y bajo el acceso principal.
Los
planos y especificaciones técnicas de la instalación de ascensores, sean estos
requeridos o adicionales, suscritos por el fabricante o representante oficial,
deberán incorporarse al expediente del proyecto con anterioridad a la recepción
definitiva de las obras.
La
cantidad, disposición, capacidad y características de los ascensores que
excedan la dotación mínima antes descrita, o los contemplados en edificios que
no los requieran conforme a este artículo, serán las que determine el
arquitecto del proyecto. Estas instalaciones deberán cumplir sólo con las
especificaciones del fabricante.
Existen
las normas NCh440/1 NCh440/2, de
Requisitos de Seguridad e Instalación, estas no son obligatorias en
general, ya que no forman parte de la reglamentación vigente, excepto en los
puntos mencionados en los articulos 4.1.7 y 4.1.11 de la Ordenanza General de
Urbanismo y Construcciones.
NCh440/1.Of2000
Construcción
– Elevadores – Requisitos de seguridad e instalación – Parte 1: Ascensores y
montacargas eléctricos
Esta
Norma consulta los siguientes contenidos
•
Introducción
• Alcance y campo de aplicación
•
Referencias normativas
• Términos y definiciones
• Símbolos y abreviaturas
• Caja de elevadores
• Sala de máquinas y de poleas
• Puertas de acceso en pisos
• Cabina y contrapesos
•
Suspensión, compensación, paracaídas, limitador de velocidad
•
Guías, amortiguadores y dispositivo de final de recorrido
• Holguras entre cabina y paredes de la caja de
elevadores y entre la cabina y el contrapeso
•
Máquinas
•
Instalaciones y aparatos eléctricos
•
Protección contra fallas eléctricas, controles prioridades
•
Rótulos e instrucciones de operación
• Inspecciones, ensayos, registro,
mantenimiento
NCh440/2.Of2000
Construcción
– Elevadores – Requisitos de seguridad e instalación – Parte 1: Ascensores y
montacargas hidráulicos.
NCh2840/1.Of2004
Construcción
– Elevadores – procedimientos de Inspección – Parte 1: Ascensores y montacargas
eléctricos
NCh2840/2.Of2004
Construcción
– Elevadores – procedimientos de Inspección – Parte 1: Ascensores y montacargas
hidráulicos
Las
recomendaciones entregadas en el presente Manual, están agrupadas por temas y
sus títulos son los siguientes:
•
Seguridad básica de los ascensores
•
Protección en caso de sismos
•
Protección en caso de incendio
•
Uso de ascensores por minusválidos
•
Rescate de pasajeros
•
Seguridad para mantenimiento
•
Recomendaciones a usuarios
•
Recomendaciones de operación en casos emergencia
•
Recomendaciones de Mantenimiento
4.1 Seguridad Básica de
los Ascensores
Los
ascensores deben contar al menos con los siguientes elementos de seguridad
básica.
Botón de alarma
Como
condición mínima para dar aviso que existen pasajeros encerrados en el
ascensor, este botón debe estar conectado a conserjería.
Intercomunicador
Citófono
o equivalente que permita la comunicación de pasajeros y conserje.
Iluminación de
emergencia
Las
cabinas y sala de máquinas deben consultar iluminación de emergencia.
Indicador de sobrecarga
El
indicador de sobrecarga ofrece una señal óptica y/o acústica que indica que la
cabina ésta sobrecargada. Si existe esta condición el ascensor permanecerá en
el piso con sus puertas abiertas.
Fotocélula o malla
infrarroja
Sistema
que permita la reapertura de la puerta cuando el rasgo este interrumpido,
idealmente debe ser malla.
Seguros de puertas
Todos
los ascensores deben tener seguros electromecánicos de puertas, diseñados para abrirse desde el
exterior con llave especial.
La
Norma NCh440.1Of2000 indica el artículo
7.7.1 que en funcionamiento normal, debe ser imposible abrir en piso una puerta
de acceso o cualquiera de sus dos hojas fuera de la zona de enclavamiento.
En
el artículo 7.7.2 se indica que si una puerta de piso o cualquiera de sus hojas
está abierta, debe ser imposible hacer funcionar el ascensor, salvo en casos
especiales.
4.2 Protección en Caso
de Sismos
Se
recomienda que por lo menos los ascensores consideren las siguientes medidas de
seguridad:
Protección contra
descarrilamiento del contrapeso
El
contrapeso es la parte más pesada de todos los componentes de un ascensor y si
en algún momento se estrella contra la cabina de pasajeros puede provocar
destrozos y daños graves. Esta situación puede ocurrir si el contrapeso se
descarrila.
Para
evitar o disminuir la probabilidad de descarrilamiento del contrapeso se
recomienda instalar en el marco del contrapeso un elemento que lo mantenga
dentro de sus rieles guías.
Se
pueden agregar sensores eléctricos o electrónicos que avisen de esta situación
anormal al sistema de control y detengan el ascensor.
Sistemas
más sofisticados podrían incluso determinar la posición del ascensor respecto
del contrapeso y eventualmente desplazar el ascensor hasta el próximo piso pero
alejándose del contrapeso.
Protección contra caídas
de las pesas del contrapeso
Las
pesas del contrapeso son fabricadas normalmente en acero, fierro fundido u
hormigón. Estas pesas van normalmente dentro de un marco de fierro. Hay otros
tipos de soluciones también, pero en este caso nos referimos a la primera.
Para
evitar que las pesas se salgan del marco de contrapeso y caigan sobre la cabina
del ascensor se debe instalar algún sistema de fijación que impida la caída de
estas pesas.
Protección
contra descarrilamiento de la cabina Este es un evento de escasa ocurrencia,
pero para evitar que la cabina se estrelle contra partes fijas de shaft de
ascensores o contra su propio contrapeso, se puede instalar un elemento en el
chasis del ascensor que lo mantenga dentro de sus rieles guías.
Protección contra salida
de cables de poleas
Para
evitar la salida de los cables del ascensor desde las poleas se recomienda
instalar un retenedor de cables que
impida que el cable al levantarse supere la altura de la polea y salga de esta,
el código norteamericano indica que este retenedor debe a menos cubrir dos
tercios del arco de contacto entre el cable y la polea.
Protección contra
volcamiento del motor
Los
motores y sistema de poleas deben estar afianzados a la losa o a una estructura
de forma que resistan las solicitaciones provocadas por un sismo.
Se
debe seguir recomendación del fabricante o de un proyecto estructural.
4.3 Protección en Caso
de Incendio
Se
recomienda que al menos los ascensores consideren las siguientes medidas de
seguridad:
Botones apropiados
En
caso de incendio todo el ambiente se moja o humedece producto del agua para
apagar el incendio.
Esto
afecta muchos componentes de los ascensores y dentro de ellos los botones que
tienen la tarea de ordenar el movimiento de los aquellos.
No
es recomendable la utilización de botones al tacto que utilicen principios
electrónicos que se pueden afectar en casos de modificación de la humedad
ambiental. Es preferible el uso de botones con recorrido o micro-recorrido
mecánico.
Operaciones para uso de
bomberos
Durante
un incendio el edificio queda sin ascensores.
La
operación de los ascensores en estos casos queda en manos de los bomberos. Para
ello los ascensores deben disponer de funciones que permitan el uso exclusivo a
los bomberos e impidan el uso de los ascensores a los usuarios normales del
edificio.
Resistencia al fuego de
las puertas
Según
lo indicado en la Norma NCh440.1Of2000 las puertas de los ascensores deben
cumplir con los requisitos de la ISO 834 y ISO 3008, con un mínimo de 30
minutos o más. Este es un tema que puede considerarse al momento de especificar
un ascensor. Sin embargo esta especificación debería estar en concordancia con los muros o tabiques que
dividen la caja de ascensores con el resto del edificio.
4.4 Uso de Ascensores
por Minusválidos
Se
recomienda que menos los ascensores consideren los siguientes medidas de
seguridad:
Exigencias para
minusválidos
La
OGCU define algunas especificaciones para el ascensor de uso de minusválidos.
Entre estas especificaciones se encuentran las medidas mínimas del ancho y del
fondo del ascensor y la altura a la que debe estar la botonera de cabina.
Además, para los no-videntes, se indica que las botoneras de ese ascensor deben
tener botones en sobre-relieve.
Una exigencia que no está incorporada en la
Norma, es algún sistema audible que
permita saber al no vidente en que piso se encuentra.
4.5 Rescate de Pasajeros
Se
recomienda que al menos los ascensores consideren las siguientes medidas de
seguridad:
Citófonos y llaves de
emergencia
Cuando
los ascensores se detienen entre pisos por alguna razón cualquiera y con
pasajeros en su interior, es necesaria una operación de rescate.
Para
esta operación se requiere un buen sistema de comunicación entre las personas
en el interior del ascensor y el personal de rescate, para esta operación se
necesita una llave que permita abrir las puertas de piso y algún mecanismo que
permita mover el ascensor en forma segura sin energía eléctrica.
Todas
las puertas de piso deben tener una forma que permita abrirlas desde el
exterior con un método seguro.
La
llave de puertas debe ser controlada por personal responsable del edificio y no
debe ser utilizada por personas no capacitadas para este efecto.
Personal
del edificio debe ser capacitado para efectuar rescate de pasajeros. En el
edificio debe existir un procedimiento escrito de la forma de hacer el rescate
y un registro del personal entrenado. En todos los turnos de conserjería debe
estar presente al menos una persona capacitada para rescate.
Accesos seguros a salas
de máquinas
El
acceso y la sala de máquinas deben ser seguros y bien señalizados.
Iluminación en accesos y
en sala de máquinas
En
casos de falla eléctrica los accesos y sala de máquinas deben tener iluminación
de emergencia.
Energía de emergencia
El
grupo electrógeno debe permitir la alimentación de al menos un ascensor. Los
ascensores deben contar con una función que permita operar uno por uno con
energía de emergencia. Los controles de ascensores cuentan con esta opción.
4.6 Seguridad para
Mantenimiento
Los
ascensores deben consideren las siguientes medidas de seguridad para efectuar
el mantenimiento:
Accesos a pozo de
ascensor.
El
acceso al pozo debe contar con escala gatera.
Interruptor de seguridad.
Debe
existir un interruptor de seguridad en el foso y en la sala de máquinas, para
asegurar que mientras se estén realizando trabajos no se ponga en marcha el
equipo, este interruptor debe indicar sin riesgo de error la posición
correspondiente a la detención.
Seguridad en el pozo del
ascensor
Los
ascensores deben contar con elementos que impidan que el personal de
mantenimiento pueda sufrir un accidente debido a partes en movimiento, ya sean del
mismo ascensor en mantenimiento o de otros ascensores del mismo grupo.
Se
debe separar los elementos móviles de uno y otro ascensor con alguna malla o
elemento separador.
Escotilla
La
escotilla debe contar con iluminación para el mantenimiento.
En
la escotilla no deben existir instalaciones diferentes a las correspondientes a
los ascensores.
Seguridad en salas de
máquinas y en sus accesos.
El
tránsito debe ser sobre un piso seguro y
no resbaladizo y con iluminación adecuada en el exterior y en el interior de la
sala de máquinas.
Espacios apropiados para
operar en salas de máquinas.
La
sala de máquinas debe ser amplia y segura sin trampas que pueden provocar
accidentes fatales.
Todo
acceso desde las salas de máquinas al shaft de ascensores debe estar protegido
adecuadamente con puertas o rejas con los respectivos seguros eléctricos o
alarmas.
Baranda en salas de
máquinas
Los
espacios en desnivel deben tener barandas para proteger a las personas al igual
que las escalas y gateras interiores o de acceso. Esta es una obligación de la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Cubre poleas
Para
evitar accidentes por contacto con las poleas funcionando o con el cable en
movimiento se debe instalar una pieza cubre polea.
4.7 Recomendaciones a
Usuarios
Estas
recomendaciones se deben incluir en el Manual del Propietario que entregan las
Inmobiliarias y deben ser difundidas por las Administraciones de los edificios.
Comportamiento en el
interior de la cabina
Los
pasajeros no deben saltar en el interior o hacer movimientos bruscos que
produzcan movimientos horizontales de la cabina.
No
se debe forzar la apertura o cierre de las
puertas.
Mudanzas y traslado de
carga
No
se debe sobrecargar el ascensor, ni mantener las puertas abiertas tapando la
celda fotoeléctrica, esta operación debe ser manejada por el personal
capacitado del edificio.
La
carga se debe distribuir uniformemente.
Acceso restringido
Personas
no autorizadas no pueden ingresar a salas de máquina o cualquier otro punto de
la caja de ascensores.
4.8 Recomendaciones de
Operación en Casos Emergencia
Estas
recomendaciones se deben incluir en el Manual del Propietario que entregan las
Inmobiliarias y deben ser difundidas por las Administraciones de los edificios.
Situación de emergencia
Si
por cualquier motivo la cabina se detiene, y no es posible salir de ella de
modo normal, no existe en principio peligro para los usuarios de la misma. La
cabina cuenta con dispositivos de seguridad para prevenir un descenso
incontrolado. Los orificios de ventilación aseguran el aire dentro de la cabina.
Si falla la corriente, un alumbrado de emergencia opcional debe suministrar luz
a la cabina.
Uso de la alarma
El
pulsador de alarma de la cabina sólo debe pulsarse en caso de emergencia.
Cuando se presiona este pulsador, la llamada de alarma debe ser atendida por el
personal entrenado. Dicha persona dará instrucciones al usuario y deberá
contactar de inmediato al Servicio Técnico de la empresa proveedora o la que
cuente con el contrato de mantenimiento respectivo, iniciando a continuación
otras acciones que sean necesarias.
Maniobra de rescate
La
maniobra de rescate debe realizarse por una persona entrenada para mover la
cabina que ha quedado bloqueada, hasta el piso más próximo, siguiendo
debidamente las instrucciones escritas entregadas por el proveedor.
Procedimiento de rescate
Cuando
se proceda a rescatar pasajeros atrapados, hay que seguir el procedimiento que
figura en la sala de máquinas.
Si
por cualquier motivo, faltan las instrucciones del cuarto de máquinas, hay que
ponerse inmediatamente en contacto con el Servicio Técnico de la empresa
proveedora o la que cuente con el contrato de mantenimiento respectivo para
dejar que sean ellos los que rescaten a los pasajeros.
Uso de la llave de
Desenclavamiento de emergencia
El
uso de esta llave está estrictamente limitado al personal entrenado.
4.9 Recomendaciones de
Mantenimiento
Estas
recomendaciones se deben incluir en el Manual del Propietario que entregan las
Inmobiliarias y deben ser difundidas por las Administraciones de los edificios.
Se
debe contar con un Plan de Mantenimiento que será acorde a las instalaciones,
condiciones de uso y al entorno en que se encuentra el equipo.
Este
plan se debe seguir rigurosamente y debe ser realizado por la empresa
proveedora o por alguna otra empresa calificada que haya contratado la
Administración del Edificio.
Se
debe mantener un archivo donde se almacenen las hojas de mantención periódica o
eventual que se le haga al equipo.
ResponderBorrar¡Interesante artículo sobre ascensores! La meticulosa descripción del proceso de instalación destaca la complejidad técnica y la importancia de la planificación. Considerando la vitalidad de estos equipos, creo que un servicio de mantenimiento de ascensores o especializado es clave para garantizar un funcionamiento seguro y eficiente a largo plazo. ¿Cómo influyen estos procesos en la durabilidad de los ascensores y qué consejos podrías compartir sobre su mantenimiento continuo?