sábado, 20 de abril de 2013

ASCENSORES


Definición
Ascensor: es un vehículo de uso en edificios de altura para transportar verticalmente a persona en edificios habitacionales, comerciales e industriales en altura.
Montacargas: es un vehículo rudo e industrial, el cual se utiliza para transportar tarimas con mercancías. Aguanta cargas más pesadas que los ascensores, y por lo general no requieren de una terminación más detallada.
Los ascensores son técnicamente  vehículos de metal o de acero que están elaborados  por una plataforma que desliza por una guía lateral rígida o bien por dos guías rígidas paralelas, ambas unidas a la estructura.
Un ascensor es un equipo electromecánico o electrohidráulico, siendo sus partes principales: Cabina, contrapeso, conjunto máquina-motor y sistema de control, entre otros.



Según el sistema motriz existen dos tipos de ascensores: hidráulicos y eléctricos.

ASCENSORES HIDRÁULICOS
Los ascensores hidráulicos también llamados oleodinámicos, pioneros del transporte vertical en los edificios de viviendas y oficinas, fueron desplazados en estos últimos años, casi por completo por los ascensores eléctricos. Pero como en la técnica no hay nada definitivamente caduco, los ascensores hidráulicos perfeccionados y modernizados, vuelven a ser utilizados para montacargas, montacoches y para edificios de 5 ó 6 pisos (15 a 18 m), sobre todo cuando se presentan problemas para instalar los cuartos de máquinas.
Son aquellos en que la cabina se mueve gracias a un pistón (barra redonda de acero) que se extiende mediante aceite introducido a presión por una bomba. Suele ser más lento y consume más energía que el ascensor eléctrico por la presión ejercida para introducir aceite en el pistón.



ASCENSORES ELÉCTRICOS
Los ascensores eléctricos constan de una cabina que se desliza por rieles. Colgada de una polea superior que está engranada con la máquina y que a través de unos cables, se equilibra a través de un contrapeso, el que tiene una masa equivalente al peso de la cabina vacía más el 50% de la carga máxima a transportar. Se mueve con un motor eléctrico que impulsa la polea para mover la cabina.
Los grupos tractores de los ascensores eléctricos están normalmente formados por un grupo motor, acoplado a un reductor de velocidad, en cuyo eje de salida va montada la polea acanalada que arrastra los cables por adherencia, o bien un tambor en el que se arrollan los cables, aunque este último sistema ya prácticamente no se utiliza.
Los motores eléctricos más utilizados son de corriente alterna, de una o dos velocidades y con variador de frecuencia, y también los motores de corriente continua con convertidor continua-alterna.
La instalación se compone de un circuito de tracción, compuesto por: motor, freno, reductor y polea de tracción y, en algunos casos, el cable de compensación y, finalmente,  un circuito de limitador de velocidad compuesto por el propio limitador, el cable de paracaídas y el mecanismo propiamente dicho de paracaídas que hace detener la cabina en caso de exceso de velocidad. También se incorpora la instalación fija formada por guías y amortiguadores, cuartos de máquinas y poleas y puertas de acceso.

Instalación y mantención de ascensores.
La instalación de ascensores se define como el montaje y habilitación de un sistema de transporte vertical para personas y carga. La labor consiste en ensamblar correctamente numerosos elementos, en un espacio denominado shaft o escotilla, para la circulación libre de un carro conocido como cabina.
Para recomendar el ascensor más apropiado, las empresas proveedoras deben conocer las características del edificio, su uso y la cantidad de personas que habitarán y circularán allí.  El  montaje  tradicional  de  ascensores eléctricos  –los  más  utilizados  actualmente– consta de al menos 13 etapas básicas que se realizan secuencialmente.
1. Chequeo de escotilla y obras civiles:
Verificar  que  los  muros  estén  aplomados, comprobando que el shaft mantiene el plomo en todo su recorrido, chequear las medidas  de  la  escotilla,  chequear  la  altura  del pozo y del sobrerecorrido, y realizar observaciones, si corresponde.  Además, se verificará el lugar de acceso para los equipos, la ejecución del cierre provisorio de frentes de piso, la instalación de barandas y zócalos de seguridad,  y  la  existencia  de  energía  eléctrica apropiada en la obra para dar inicio a los trabajos de instalación.
2. Traslado de ascensores al lugar de instalación:  
Se recomienda que los equipos lleguen a la obra el mismo día que comenzará la instalación.  La descarga se realiza con apoyo de grúas horquilla o camión pluma. El espacio de almacenamiento será seguro, sin humedad y cercano al lugar de instalación.
3. Instalación de elementos de izaje:
En esta etapa se procede a la instalación de tecles (equipos de izaje) eléctricos y de una cadena  en  la  escotilla,  para  poder  realizar  el izamiento de la máquina, los rieles y las vigas. Idealmente las faenas deben comenzar cuando la obra gruesa del edificio se encuentre terminada, es decir con el shaft y el espacio para la sala de máquinas finalizados y con la energía provisoria para mover los ascensores a una velocidad de trabajo.
4. Instalación de máquinas y controles: 
Las máquinas permiten el movimiento vertical a través de cables de acero. Se montan sobre gomas para absorber las vibraciones. Los controles son el cerebro que comandan los ascensores y se instalan junto a la máquina.  En la sala de máquinas se chequea la instalación de escalas, barandas de seguridad, ganchos de izaje y reguladores de seguridad. Las salas de máquina se ubican sobre losas, inmediatamente sobre el shaft, en la parte superior  del  edificio.  Alternativamente,  se ubican en el sótano de la edificación.  Actualmente, también se emplean ascensores sin sala  de  máquinas,  en  los  que  éstas  se  encuentran al interior, en la parte superior de la escotilla. 
5. Plataforma para instalación de rieles
En los últimos años aumentó la cantidad de paradas (pisos) y el recorrido de los ascensores, modificándose el método de montaje. Antiguamente se instalaban exclusivamente con andamios en las escotillas, sin embargo esta  alternativa  está  limitada  en  su  altura. Actualmente, para ascender por el shaft instalando los rieles, se recurre a plataformas de trabajo de metal o madera.
En el último piso inferior, se instala el primer nivel de rieles. Con la máquina de tracción posicionada, se procede al armado de la suspensión y de la plataforma de la cabina con sus correspondientes barandas de seguridad.  Al interior de la escotilla se introduce un contrapeso y se instalan cables de acero como guía de éste durante la etapa de instalación de rieles. Posteriormente, se cablea la plataforma y el regulador de velocidad.  Además, se realizan los trabajos eléctricos en la  sala  de  máquinas  para mover  la  plataforma  con máquinas de tracción.
6. Instalación de rieles:
Con  la  plataforma  de  trabajo en condiciones de seguridad óptimas, se procede a la instalación de rieles tanto de la cabina como del contrapeso.  Los rieles, tal como ocurre en el caso de los trenes, son los elementos que sirven de guía para que el ascensor y el contrapeso se desplacen sin sobresaltos.
La instalación de rieles es una de las labores más importantes ya que por las características de ellos (forma y peso), la instalación representa varios riesgos. Cada nivel de rieles es izado con tecle eléctrico o de cadena hasta su punto de empalme, donde se procede a la instalación.  Es importante que los soportes de rieles sean instalados y nivelados a la altura exigida de acuerdo a los planos de instalación. Una vez terminado el último nivel de rieles, se procede al reaplome, y se retiran los cables de acero utilizados para guiar el contrapeso.
7. Instalación  de  puertas: 
Están  compuestas por una pisadera, un marco denominado chambrana (que se fabrican a medida), dos puertas y un cabezal u operador. Existen principalmente dos tipos de apertura: la lateral (izquierda o derecha) y la central. Para la instalación, el proveedor solicita a la constructora que estén los niveles de piso terminado.  Se realiza la instalación de consolas o soportes para los marcos de las puertas y luego se instalan los marcos de planta dejando pendiente el del último piso inferior para el posterior armado de cabinas.
8. Armado de cabina:
Un vez que se llega al último piso superior con la instalación de los marcos de puertas, se realiza el armado  de  la  cabina  en  el  último  piso  inferior, para finalizar la instalación del último marco de puerta. Posteriormente se retiran los elementos de izaje utilizados durante la instalación (tecles).
 9. Realización de la instalación eléctrica: 
Esta fase corresponde al ordenamiento y conexión correcta de los cables eléctricos que traen los equipos. Con esta labor se asegura que todos los elementos funcionen y sean controlados adecuadamente.  En esta etapa se realizan los trabajos de canalizaciones y alambrado eléctrico en la escotilla y la sala de máquinas, además se realiza el alambrado eléctrico y las conexiones en la cabina del ascensor.
10. Terminaciones: 
Con las cabinas armadas y finalizados los trabajos de instalación eléctrica, se procede a la colocación de los diferentes  componentes  como  pasamanos de cabina, zócalos, cielo luminoso y revestimientos interiores. Para terminar se pinta el interior de la cabina y se ponen espejos.
11.  Ajuste y puesta en marcha:
 Se procede a la puesta en marcha de los ascensores.  En terreno se realizan las diferentes calibraciones  para  un  funcionamiento  seguro. Esta etapa consta de:
•  Limpieza de la escotilla.
•  Ajuste de freno y control.
•  Ajuste de nivelación.
•  Ajuste de seguridades de la sala de máquinas, escotilla y cabina.
•  Ajuste de puertas de piso.
• Programación de botoneras e indicaciones de piso.
• Programación de señales de escotilla y puesta en marcha en alta velocidad.
• Prueba de funcionamiento y toma de datos para dejar los registros.
12.  Inspección y control de calidad:
 Este paso es fundamental. Un equipo de ingenieros y técnicos, verifican que los estándares de calidad y seguridad que exige el fabricante y las normativas, sean cumplidos a cabalidad.
13.  Entrega:
Una vez concluidos los trabajos de puesta en marcha, se procede a realizar  la  limpieza  general  de  los  ascensores. Posteriormente, se entrega al cliente los ascensores funcionando.
El tiempo que demora el montaje varía de un proyecto a otro.  En general, un ascensor de 12 pisos se puede instalar en 7 meses.


Mantenciones
Las empresas proveedoras de ascensores sugieren realizar mantenciones periódicas, una vez al mes, para limpiar, lubricar y reemplazar, si es necesario, repuestos o piezas dañadas o deterioradas por el uso. Estas  compañías  cuentan con personal propio y/o subcontratado para realizar la instalación y las mantenciones. Una buena mantención, aseguran las empresas, sigue una pauta con trabajos periódicos, variando cada mes y considerando los siguientes aspectos:
•  Limpieza de los cabezales y pisaderas de las puertas de piso ajustando sus componentes.
•  Limpieza y ajuste del operador de puertas.
•  Lavado y lubricación de los rieles de la cabina y el contrapeso.
•  Verificación del estado de los cables de acero de tracción y limitador de velocidad.
•  Verificación del desgaste de balatas.  Limpieza y ajuste de frenos.
•  Limpieza de foso, sala de máquina, cielo y techo de cabina.
•  Revisión y limpieza de los componentes en el cuadro de maniobra, revisión de la instalación eléctrica en general.
Es fundamental que se contemple, una vez al año, una revisión completa del sistema de paracaídas, un elemento de seguridad mecánico que funciona de forma similar al de un cinturón de seguridad inercial. En caso de rotura de cables, por ejemplo, unas cuñas metálicas  se  aprietan  de  manera  uniforme  al riel, provocando que la cabina frene y evitando la caída libre. El limitador de velocidad es el elemento encargado de accionar el paracaídas mediante un cable.  La comprobación de que este mecanismo opere normalmente es parte de los puntos chequeados por las auditorías técnicas.

Ley Nº 20.296 sobre Instalación, Mantención y Certificación de Ascensores
Esta Ley publicada el día 23 de octubre en el Diario Oficial modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
La Ley Nº 20.296 agrega disposiciones para instalación, mantención e inspección periódica de ascensores.
Se agrega el artículo 159 bis que establece lo siguiente:
Los ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas, y las escaleras o rampas mecánicas, que se emplacen en propiedades privadas o públicas, deberán ser instalados y mantenidos conforme a las indicaciones de sus fabricantes y a las disposiciones que al efecto determine la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Serán responsables de la mantención, los propietarios, quienes deberán celebrar los correspondientes contratos de mantención.
La instalación y mantención de los ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas, escaleras y rampas mecánicas, deberá ser ejecutada por instaladores y mantenedores que cuenten con una inscripción vigente en un registro que al efecto llevará el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. El Ministerio podrá encomendar dicho registro a la entidad denominada “Instituto de la Construcción”, cuya personalidad jurídica fuera concedida por decreto supremo N ° 1115, de 1996, del Ministerio de Justicia o a otras entidades públicas o privadas, habilitadas para dicho efecto.
Asimismo, los propietarios  deberán acreditar, mediante un certificado emitido por una entidad de certificación inscrita en la categoría correspondiente del registro a que se refiere el inciso anterior, que los ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas, escaleras y rampas mecánicas han sido adecuadamente mantenidas y se encuentran en condiciones de seguir funcionando. Los plazos y condiciones de la certificación y el contenido del certificado, serán establecidos en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en función de la capacidad de transporte de la instalación y el destino de las edificaciones.
En la instalación, mantención y certificación, deberá darse cumplimiento a las normas técnicas chilenas vigentes sobre esta materia. Dichas normas deberán ser actualizadas permanentemente.
Las certificaciones a que se refiere el inciso precedente deberán ser colocadas en un lugar visible del ascensor tanto vertical como inclinado o funicular, e ingresadas y registradas, en la oportunidad que establezca la ordenanza General, a la Dirección de Obras Municipales respectiva. El no ingreso oportuno deberá ser puesto en conocimiento del Juzgado de Policía Local, por la Dirección de Obras Municipales.
En caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente artículo se aplicará lo previsto en los artículos 20 y 21 de la presente ley.
1.2 Modificación Ley Nº19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria
La Ley de Copropiedad Inmobiliaria se modifica en varios artículos, donde se agregan las responsabilidades de los propietarios y de la administración relacionadas con la mantención y certificación de ascensores, montacargas, escaleras mecánicas y rampas.
En lo principal La Ley establece que la administración deberá considerar la formación de un fondo común de reserva para atender a reparaciones y  la certificación periódica de ascensores tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas y sus instalaciones.
También establece que “las alteraciones o transformaciones que afecten a las instalaciones de ascensores tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas sean en bienes de dominio común o en las unidades de los condominios, deberán ser ejecutadas por empresas o  personas que cuenten con una inscripción vigente en el registro de instaladores, mantenedores y certificadores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y contar con el acuerdo de la asamblea de copropietarios y el permiso de la Dirección de Obras Municipales,  cuando corresponda.”
La ley establece que los administradores deben efectuar los actos necesarios para el mantenimiento de ascensores tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas y sus instalaciones.
1.3 Registro nacional de personas naturales o jurídicas que presten servicios de instalación, mantención y certificación de ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas, y escaleras o rampas mecánicas
La Ley crea un registro nacional de instaladores, mantenedores y certificadores de ascensores, escaleras mecánicas y rampas, además define las infracciones y sanciones por el incumplimiento de la normativa.
La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en los artículos 4.1.7 relacionado con la accesibilidad y desplazamiento de personas discapacitadas establecen requerimientos para los ascensores y 4.1.11 relacionados con la dotación.
Artículo 4.1.7
En el artículo 4.1.7 puntos 9 al 13 se establecen exigencias para los ascensores relacionadas con minusválidos.  
9. Cuando se requieran ascensores, conforme al  artículo 4.1.11 de este mismo Capítulo, uno de ellos deberá contar con las medidas mínimas de cabina establecidas en el número 2 de ese mismo artículo.
10. En cada detención, la separación entre el piso de la cabina del ascensor y el respectivo piso de la edificación no podrá ser superior a lo que establece la NCh Nº440/1 o NCh Nº440/2, según corresponda, y su diferencia de nivel máxima será de un centímetro
11. El área que enfrente a un ascensor deberá tener un largo y ancho mínimo de 1,40 m y el ancho frente a la puerta del ascensor no podrá ser menor que la profundidad de la cabina.
12. Los botones de comando del ascensor para personas con discapacidad deberán estar ubicados a una altura que fluctúe entre 1 m y 1,40 m como máximo. La numeración y las anotaciones requeridas deberán ser sobrerrelieve. El tiempo de detención deberá ser suficiente para permitir el paso a una persona con discapacidad en silla de ruedas o a un no vidente.
13. Tanto los ascensores como los servicios higiénicos públicos para uso de las personas con discapacidad deberán señalizarse con el símbolo internacional correspondiente.
La Ordenanza en el artículo 4.1.11 establece los requerimientos mínimos de ascensores para los edificios, en relación a su dotación, dimensiones de cabina y estudio de tráfico.
Artículo 4.1.11
Los requerimientos mínimos de ascensores para los edificios serán los siguientes:

1. Dotación:
a)   Los edificios de 6 o más pisos de altura deberán contemplar al menos dos ascensores con parada y acceso para todos los usuarios en todos los pisos con acceso a unidades que contemplen recintos habitables, uno de los cuales deberá cumplir con las dimensiones de cabina establecidas en el número 2 de este artículo.
En los edificios con dos o más subterráneos el ascensor de mayor capacidad deberá atender a cada uno de ellos.
Tratándose de ampliaciones de un piso adicional se admitirá que dicho piso no contemple acceso a ascensores.
b) Se exceptúan de lo indicado en la letra a) precedente los edificios de vivienda de hasta 8 pisos, cuya carga de ocupación sobre el segundo piso sea inferior a 100 personas o cuya superficie útil a servir por los ascensores, en cada piso, sea inferior a 250 m2, los que podrán consultar sólo un ascensor, el cual deberá cumplir con las dimensiones horizontales de cabina establecidas en el número 2 de este artículo.
c) Los edificios de 4 o más pisos destinados a hospedaje que contemplen más de 50 habitaciones deberán consultar tres ascensores, uno de los cuales podrá ser de servicio.
d) Los edificios de 3 o más pisos destinados a asistencia hospitalaria deberán contemplar al menos dos ascensores monta camillas, aceptándose rampas para salvar desniveles de sólo un piso.
e) Los cambios de destino de edificios o parte de ellos que requieran uno o más ascensores deberán acompañar un informe, suscrito por profesional competente, que acredite que la capacidad de la instalación es compatible con el nuevo uso.Cuando el acceso del edificio se encuentre en un piso intermedio, que no diste más de 4 pisos hacia arriba o hacia abajo del acceso a alguna unidad que consulte recintos habitables, no se requerirán ascensores, siempre que los estacionamientos se encuentren a una distancia no mayor que la citada. Tampoco requerirán ascensores los edificios de 6 pisos cuyos pisos superiores sean duplex.
Los edificios de 5 o más pisos cuyos ascensores sirvan una superficie útil sobre el primer piso superior a 5.000 m2, requerirán presentar un Estudio de Ascensores que determinará la cantidad y características de los ascensores necesarios sobre la dotación mínima indicada en este artículo 1.

 2. Cabina:
De los ascensores requeridos, al menos uno deberá tener las siguientes medidas mínimas de cabina:
• Profundidad: 1,40 m libre interior
• Ancho: 1,10 m libre interior
• Puerta (ancho libre): 0,80 m en edificios de vivienda de hasta 14 pisos 0,90 m en los demás casos.
En edificios de 15 o más pisos la cabina señalada tendrá una altura libre de al menos 2,30 m, salvo que su profundidad sea no menor a 2,10 m.

3. Estudio de Ascensores
Deberá considerar al menos lo siguiente:
a) Destino del edificio.
b) Número de pisos, altura de piso a piso y altura total.
c) Ubicación de la parada del acceso principal.
d) Superficie útil de cada piso.
e) Número de usuarios por piso, conforme al estándar del fabricante.
En base a tales antecedentes, cuando se trate de edificios de oficinas, el estudio deberá contemplar las siguientes condiciones: 
a) El intervalo de tiempo medio de partida en el piso de acceso no podrá ser superior a 45 segundos.
b) El tiempo máximo de evacuación correspondiente a la capacidad de transporte de la instalación no podrá ser superior a 45 minutos.
c) La capacidad de transporte de la instalación, medida según el porcentaje del total de usuarios que pueda transportar en un período de 5 minutos, no podrá ser inferior al 12%, sobre y bajo el acceso principal.
Los planos y especificaciones técnicas de la instalación de ascensores, sean estos requeridos o adicionales, suscritos por el fabricante o representante oficial, deberán incorporarse al expediente del proyecto con anterioridad a la recepción definitiva de las obras.
La cantidad, disposición, capacidad y características de los ascensores que excedan la dotación mínima antes descrita, o los contemplados en edificios que no los requieran conforme a este artículo, serán las que determine el arquitecto del proyecto. Estas instalaciones deberán cumplir sólo con las especificaciones del fabricante.

Existen las normas NCh440/1 NCh440/2, de  Requisitos de Seguridad e Instalación, estas no son obligatorias en general, ya que no forman parte de la reglamentación vigente, excepto en los puntos mencionados en los articulos 4.1.7 y 4.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
NCh440/1.Of2000
Construcción – Elevadores – Requisitos de seguridad e instalación – Parte 1: Ascensores y montacargas eléctricos
Esta Norma consulta los siguientes contenidos
• Introducción
•  Alcance y campo de aplicación
• Referencias normativas
•  Términos y definiciones
•  Símbolos y abreviaturas
•  Caja de elevadores
•  Sala de máquinas y de poleas
•  Puertas de acceso en pisos
•  Cabina y contrapesos
• Suspensión, compensación, paracaídas, limitador de velocidad
• Guías, amortiguadores y dispositivo de final de recorrido
•  Holguras entre cabina y paredes de la caja de elevadores y entre la cabina y el contrapeso
• Máquinas
• Instalaciones y aparatos eléctricos
• Protección contra fallas eléctricas, controles prioridades
• Rótulos e instrucciones de operación
•  Inspecciones, ensayos, registro, mantenimiento
NCh440/2.Of2000
Construcción – Elevadores – Requisitos de seguridad e instalación – Parte 1: Ascensores y montacargas hidráulicos.

NCh2840/1.Of2004
Construcción – Elevadores – procedimientos de Inspección – Parte 1: Ascensores y montacargas eléctricos
NCh2840/2.Of2004
Construcción – Elevadores – procedimientos de Inspección – Parte 1: Ascensores y montacargas hidráulicos

Las recomendaciones entregadas en el presente Manual, están agrupadas por temas y sus títulos son los siguientes:
• Seguridad básica de los ascensores
• Protección en caso de sismos
• Protección en caso de incendio
• Uso de ascensores por minusválidos
• Rescate de pasajeros
• Seguridad para mantenimiento
• Recomendaciones a usuarios
• Recomendaciones de operación en casos  emergencia
• Recomendaciones de Mantenimiento


4.1 Seguridad Básica de los Ascensores
Los ascensores deben contar al menos con los siguientes elementos de seguridad básica.




Botón de alarma
Como condición mínima para dar aviso que existen pasajeros encerrados en el ascensor, este botón debe estar conectado a conserjería.
Intercomunicador
Citófono o equivalente que permita la comunicación de pasajeros y conserje.
Iluminación de emergencia
Las cabinas y sala de máquinas deben consultar iluminación de emergencia.
Indicador de sobrecarga
El indicador de sobrecarga ofrece una señal óptica y/o acústica que indica que la cabina ésta sobrecargada. Si existe esta condición el ascensor permanecerá en el piso con sus puertas abiertas.
Fotocélula o malla infrarroja
Sistema que permita la reapertura de la puerta cuando el rasgo este interrumpido, idealmente debe ser malla.
Seguros de puertas
Todos los ascensores deben tener seguros electromecánicos de  puertas, diseñados para abrirse desde el exterior con llave especial.
La Norma NCh440.1Of2000 indica el  artículo 7.7.1 que en funcionamiento normal, debe ser imposible abrir en piso una puerta de acceso o cualquiera de sus dos hojas fuera de la zona de enclavamiento.
En el artículo 7.7.2 se indica que si una puerta de piso o cualquiera de sus hojas está abierta, debe ser imposible hacer funcionar el ascensor, salvo en casos especiales.
4.2 Protección en Caso de Sismos
Se recomienda que por lo menos los ascensores consideren las siguientes medidas de seguridad:
Protección contra descarrilamiento del contrapeso
El contrapeso es la parte más pesada de todos los componentes de un ascensor y si en algún momento se estrella contra la cabina de pasajeros puede provocar destrozos y daños graves. Esta situación puede ocurrir si el contrapeso se descarrila.
Para evitar o disminuir la probabilidad de descarrilamiento del contrapeso se recomienda instalar en el marco del contrapeso un elemento que lo mantenga dentro de sus rieles guías.
Se pueden agregar sensores eléctricos o electrónicos que avisen de esta situación anormal al sistema de control y detengan el ascensor.
Sistemas más sofisticados podrían incluso determinar la posición del ascensor respecto del contrapeso y eventualmente desplazar el ascensor hasta el próximo piso pero alejándose del contrapeso.
Protección contra caídas de las pesas del contrapeso
Las pesas del contrapeso son fabricadas normalmente en acero, fierro fundido u hormigón. Estas pesas van normalmente dentro de un marco de fierro. Hay otros tipos de soluciones también, pero en este caso nos referimos a la primera.
Para evitar que las pesas se salgan del marco de contrapeso y caigan sobre la cabina del ascensor se debe instalar algún sistema de fijación que impida la caída de estas pesas.
Protección contra descarrilamiento de la cabina Este es un evento de escasa ocurrencia, pero para evitar que la cabina se estrelle contra partes fijas de shaft de ascensores o contra su propio contrapeso, se puede instalar un elemento en el chasis del ascensor que lo mantenga dentro de sus rieles guías.
Protección contra salida de cables de poleas
Para evitar la salida de los cables del ascensor desde las poleas se recomienda instalar un  retenedor de cables que impida que el cable al levantarse supere la altura de la polea y salga de esta, el código norteamericano indica que este retenedor debe a menos cubrir dos tercios del arco de contacto entre el cable y la polea.

Protección contra volcamiento del motor
Los motores y sistema de poleas deben estar afianzados a la losa o a una estructura de forma que resistan las solicitaciones provocadas por un sismo.
Se debe seguir recomendación del fabricante o de un proyecto estructural.

4.3 Protección en Caso de Incendio
Se recomienda que al menos los ascensores consideren las siguientes medidas de seguridad:
Botones apropiados
En caso de incendio todo el ambiente se moja o humedece producto del agua para apagar el incendio.
Esto afecta muchos componentes de los ascensores y dentro de ellos los botones que tienen la tarea de ordenar el movimiento de los aquellos.
No es recomendable la utilización de botones al tacto que utilicen principios electrónicos que se pueden afectar en casos de modificación de la humedad ambiental. Es preferible el uso de botones con recorrido o micro-recorrido mecánico.
Operaciones para uso de bomberos
Durante un incendio el edificio queda sin ascensores.
La operación de los ascensores en estos casos queda en manos de los bomberos. Para ello los ascensores deben disponer de funciones que permitan el uso exclusivo a los bomberos e impidan el uso de los ascensores a los usuarios normales del edificio.
Resistencia al fuego de las puertas
Según lo indicado en la Norma NCh440.1Of2000 las puertas de los ascensores deben cumplir con los requisitos de la ISO 834 y ISO 3008, con un mínimo de 30 minutos o más. Este es un tema que puede considerarse al momento de especificar un ascensor. Sin embargo esta especificación debería estar  en concordancia con los muros o tabiques que dividen la caja de ascensores con el resto del edificio. 

4.4 Uso de Ascensores por Minusválidos
Se recomienda que menos los ascensores consideren los siguientes medidas de seguridad:
Exigencias para minusválidos
La OGCU define algunas especificaciones para el ascensor de uso de minusválidos. Entre estas especificaciones se encuentran las medidas mínimas del ancho y del fondo del ascensor y la altura a la que debe estar la botonera de cabina. Además, para los no-videntes, se indica que las botoneras de ese ascensor deben tener botones en sobre-relieve.
Una  exigencia que no está incorporada en la Norma, es algún sistema audible  que permita saber al no vidente en que piso se encuentra.

4.5 Rescate de Pasajeros
Se recomienda que al menos los ascensores consideren las siguientes medidas de seguridad:
Citófonos y llaves de emergencia
Cuando los ascensores se detienen entre pisos por alguna razón cualquiera y con pasajeros en su interior, es necesaria una operación de rescate.
Para esta operación se requiere un buen sistema de comunicación entre las personas en el interior del ascensor y el personal de rescate, para esta operación se necesita una llave que permita abrir las puertas de piso y algún mecanismo que permita mover el ascensor en forma segura sin energía eléctrica.
Todas las puertas de piso deben tener una forma que permita abrirlas desde el exterior con un método seguro.
La llave de puertas debe ser controlada por personal responsable del edificio y no debe ser utilizada por personas no capacitadas para este efecto.
Personal del edificio debe ser capacitado para efectuar rescate de pasajeros. En el edificio debe existir un procedimiento escrito de la forma de hacer el rescate y un registro del personal entrenado. En todos los turnos de conserjería debe estar presente al menos una persona capacitada para rescate.
Accesos seguros a salas de máquinas
El acceso y la sala de máquinas deben ser seguros y bien señalizados.
Iluminación en accesos y en sala de máquinas
En casos de falla eléctrica los accesos y sala de máquinas deben tener iluminación de emergencia.
Energía de emergencia
El grupo electrógeno debe permitir la alimentación de al menos un ascensor. Los ascensores deben contar con una función que permita operar uno por uno con energía de emergencia. Los controles de ascensores cuentan con esta opción.

4.6 Seguridad para Mantenimiento
Los ascensores deben consideren las siguientes medidas de seguridad para efectuar el mantenimiento:
Accesos a pozo de ascensor.
El acceso al pozo debe contar con escala gatera.
Interruptor de seguridad.
Debe existir un interruptor de seguridad en el foso y en la sala de máquinas, para asegurar que mientras se estén realizando trabajos no se ponga en marcha el equipo, este interruptor debe indicar sin riesgo de error la posición correspondiente a la detención.
Seguridad en el pozo del ascensor
Los ascensores deben contar con elementos que impidan que el personal de mantenimiento pueda sufrir un accidente debido a partes en movimiento, ya sean del mismo ascensor en mantenimiento o de otros ascensores del mismo grupo.
Se debe separar los elementos móviles de uno y otro ascensor con alguna malla o elemento separador.
Escotilla
La escotilla debe contar con iluminación para el mantenimiento.
En la escotilla no deben existir instalaciones diferentes a las correspondientes a los ascensores.
Seguridad en salas de máquinas y en sus accesos.
El tránsito debe ser  sobre un piso seguro y no resbaladizo y con iluminación adecuada en el exterior y en el interior de la sala de máquinas.

Espacios apropiados para operar en salas de máquinas.
La sala de máquinas debe ser amplia y segura sin trampas que pueden provocar accidentes fatales.
Todo acceso desde las salas de máquinas al shaft de ascensores debe estar protegido adecuadamente con puertas o rejas con los respectivos seguros eléctricos o alarmas. 
Baranda en salas de máquinas
Los espacios en desnivel deben tener barandas para proteger a las personas al igual que las escalas y gateras interiores o de acceso. Esta es una obligación de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Cubre poleas
Para evitar accidentes por contacto con las poleas funcionando o con el cable en movimiento se debe instalar una pieza cubre polea.


4.7 Recomendaciones a Usuarios
Estas recomendaciones se deben incluir en el Manual del Propietario que entregan las Inmobiliarias y deben ser difundidas por las Administraciones de los edificios.
Comportamiento en el interior de la cabina
Los pasajeros no deben saltar en el interior o hacer movimientos bruscos que produzcan movimientos horizontales de la cabina.
No se debe forzar la apertura o cierre de las  puertas.

Mudanzas y traslado de carga
No se debe sobrecargar el ascensor, ni mantener las puertas abiertas tapando la celda fotoeléctrica, esta operación debe ser manejada por el personal capacitado del edificio.
La carga se debe distribuir uniformemente.

Acceso restringido
Personas no autorizadas no pueden ingresar a salas de máquina o cualquier otro punto de la caja de ascensores.
4.8 Recomendaciones de Operación en Casos Emergencia
Estas recomendaciones se deben incluir en el Manual del Propietario que entregan las Inmobiliarias y deben ser difundidas por las Administraciones de los edificios.

Situación de emergencia
Si por cualquier motivo la cabina se detiene, y no es posible salir de ella de modo normal, no existe en principio peligro para los usuarios de la misma. La cabina cuenta con dispositivos de seguridad para prevenir un descenso incontrolado. Los orificios de ventilación aseguran el aire dentro de la cabina. Si falla la corriente, un alumbrado de emergencia opcional debe suministrar luz a la cabina.
Uso de la alarma
El pulsador de alarma de la cabina sólo debe pulsarse en caso de emergencia. Cuando se presiona este pulsador, la llamada de alarma debe ser atendida por el personal entrenado. Dicha persona dará instrucciones al usuario y deberá contactar de inmediato al Servicio Técnico de la empresa proveedora o la que cuente con el contrato de mantenimiento respectivo, iniciando a continuación otras acciones que sean necesarias.
Maniobra de rescate
La maniobra de rescate debe realizarse por una persona entrenada para mover la cabina que ha quedado bloqueada, hasta el piso más próximo, siguiendo debidamente las instrucciones escritas entregadas por el proveedor.
Procedimiento de rescate
Cuando se proceda a rescatar pasajeros atrapados, hay que seguir el procedimiento que figura en la sala de máquinas.
Si por cualquier motivo, faltan las instrucciones del cuarto de máquinas, hay que ponerse inmediatamente en contacto con el Servicio Técnico de la empresa proveedora o la que cuente con el contrato de mantenimiento respectivo para dejar que sean ellos los que rescaten a los pasajeros.  
Uso de la llave de Desenclavamiento de emergencia
El uso de esta llave está estrictamente limitado al personal entrenado.

4.9 Recomendaciones de Mantenimiento
Estas recomendaciones se deben incluir en el Manual del Propietario que entregan las Inmobiliarias y deben ser difundidas por las Administraciones de los edificios.
Se debe contar con un Plan de Mantenimiento que será acorde a las instalaciones, condiciones de uso y al entorno en que se encuentra el equipo.
Este plan se debe seguir rigurosamente y debe ser realizado por la empresa proveedora o por alguna otra empresa calificada que haya contratado la Administración del Edificio.
Se debe mantener un archivo donde se almacenen las hojas de mantención periódica o eventual que se le haga al equipo.













1 comentario:


  1. ¡Interesante artículo sobre ascensores! La meticulosa descripción del proceso de instalación destaca la complejidad técnica y la importancia de la planificación. Considerando la vitalidad de estos equipos, creo que un servicio de mantenimiento de ascensores o especializado es clave para garantizar un funcionamiento seguro y eficiente a largo plazo. ¿Cómo influyen estos procesos en la durabilidad de los ascensores y qué consejos podrías compartir sobre su mantenimiento continuo?

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